Inicio › Notas › Ficha clínica para psicólogos en Chile: qué piden la Ley 20.584 y el Decreto 41
Chile · Para colegasFicha clínica para psicólogos en Chile: qué piden la Ley 20.584 y el Decreto 41
Lic. María Belén Flood · 24 de septiembre de 2026
En Chile la ficha clínica está regulada por la Ley 20.584, de derechos y deberes de los pacientes, y por su reglamento, el Decreto 41 de 2012. Rigen para todos los prestadores, también para la psicóloga o el psicólogo que atiende en su consulta particular.
Qué tiene que tener la ficha (Decreto 41, artículo 6)
- a) Identificación actualizada del paciente: nombre completo, número y tipo de documento, sexo, fecha de nacimiento, domicilio, teléfonos de contacto o correo electrónico, ocupación, representante legal o apoderado, y sistema de salud al que pertenece.
- b) Número identificador de la ficha, fecha de su creación y nombre completo del prestador, con su cédula de identidad o RUT.
- c) Registro cronológico y fechado de todas las atenciones, con resultados, indicaciones, interconsultas y derivaciones.
- d) Decisiones del paciente: consentimientos informados, rechazos de tratamiento y otras decisiones sobre su atención.
Cuánto tiempo se guarda
La ficha se conserva por lo menos quince años: lo dicen el artículo 13 de la Ley 20.584 y el artículo 11 del Decreto 41, que cuenta el plazo desde el último ingreso de información. Pasado ese plazo, el prestador privado puede eliminarla dejando constancia en un acta (artículo 12 del decreto).
Ficha clínica electrónica
El artículo 2 del decreto admite la ficha en papel, electrónica o en otro soporte. Para la electrónica, el artículo 8 pide respaldar la información, guardarla con control de acceso, protegerla de accesos no autorizados y poder restituir la versión más reciente si se altera de forma no programada.
Quién puede acceder
El artículo 13 de la ley enumera quién puede acceder: el titular, su representante legal o sus herederos si falleció; un tercero con poder notarial; los tribunales, en causas relacionadas; los fiscales y abogados, con autorización judicial; y el Instituto de Salud Pública, en sus funciones. Fuera de esos casos, la ficha es reservada.
Protección de datos
El artículo 2 del decreto recuerda que la información de la ficha es un dato sensible en los términos de la Ley 19.628. La Ley 21.719, que la reemplaza, aumenta las exigencias sobre consentimiento, seguridad y derechos de los titulares: conviene revisar el consentimiento informado para que diga qué datos se registran y para qué.
Fuentes
- Decreto 41 de 2012, reglamento sobre fichas clínicas (BCN)
- Ley 20.584, artículo 13 (Superintendencia de Seguridad Social)
Mi Consultorio arma la historia clínica con esta estructura. Mira cómo funciona en Chile.
Esta nota ordena lo que dice la norma para la práctica privada; no reemplaza el asesoramiento legal ni lo que indique tu colegio profesional.
Pruébalo diez días gratis, sin tarjeta
Elige tu país al registrarte: la historia clínica toma la norma de tu país y el precio es de USD 30 por mes, con tarjeta internacional o PayPal. Si antes quieres mirar, la demostración se abre sin registrarte.
Comenzar la prueba